¡Qué no se te atraganten los trámites!


Info Joven con la colaboración de la Asesoría Jurídica de Zaragoza Joven

Es algo inevitable conforme te vas haciendo mayor: hacer trámites. En realidad, ya lo has hecho muchas veces, por ejemplo, cuando te has matriculado en el instituto o en la Universidad, cuando te has sacado el abono de la piscina municipal o el carné de la biblioteca... Pero es verdad que conforme va pasando el tiempo, se complican un pelín. Aquí tienes unas claves para saber cómo actuar.

  • Cumple los plazos

La mayoría de los trámites que hagas, como apuntarte a unas oposiciones, tendrán una fecha límite. ¡Tenla en cuenta! Una vez que se pase, en algunos casos ya no podrás hacer el trámite o se complicará, así que no dejes que se pase.

Por ejemplo, imagínate que te ponen una multa. Fíjate en el plazo que pone en el texto. A veces, incluso tienes una reducción de lo que tienes que pagar por pronto pago, así que si tienen razón en ponerte la multa, lo mejor es pagar cuanto antes.

Puede ser que todo haya sido un error y quieras rechazar la multa. "Bah, entonces con no pagar ya está", pensarás. ¡Error! Tendrás que presentar tus alegaciones, es decir, por qué crees que no deberían haberte puesto la multa. También tienes un plazo, que te indican en la notificación. Si lo dejas correr, la Agencia Tributaria te reclamará el pago, lo que hará que sea más difícil alegar. Además, si te retrasas en pagar, te aplicarán un recargo de hasta un 20% y unos intereses de demora. Y si vuelves a pensar que con no abonarlo, ya está, tampoco es cierto: en el momento que tengas un ingreso, como una nómina, te pueden ir embargando parte de tu salario hasta que la pagues todo lo que debes.

¿Todavía te quedan dudas? Aquí te contamos más sobre multas.

  • Lee con calma

Siguiendo con el ejemplo de las multas, en las notificaciones te indican cosas como a quién hay que plantearle las alegaciones, dónde pagar, etc. A veces tienen datos que quizá no conozcas, como la posibilidad de sustituir algunas multas (como las del botellón, por orinar en la calle, etc.), por trabajos en beneficio de la comunidad. En el propio texto te explican qué tienes que hacer para pedirlo, pero en general deberás ponerte en contacto con el órgano sancionador (quien te ha puesto la multa). ¡Así que léelo bien!

  • Conoce de tus derechos

Esto te vendrá especialmente bien si tienes que hacer alegaciones o reclamar. Por ejemplo: has alquilado un piso y ahora quieres dejarlo para irte a vivir a otro sitio. Ten en cuenta que si un mes después de la entrega de las llaves, tu casero/a no te ha devuelto la fianza, puedes reclamársela. Solo puede retenerla si has provocado desperfectos o tienes mensualidades sin pagar. Además, ten en cuenta que los retrasos generan unos intereses de demora a tu favor.

  • Cuidado con lo que firmas

Como te decíamos antes, hay que leer todo fijándote bien en lo que dice, pero más todavía si vas a firmar un papel. Si lo haces, se entiende que apruebas lo que dice el documento. Ojo, eso no hace que si, por ejemplo, firmas un contrato en el que haya una cláusula que vaya en contra de la ley, se te tenga que aplicar. Pero leer antes de firmar, preguntar y comprobar lo que te cause dudas, nunca está de más.

Un caso bastante habitual es cuando vas a firmar un finiquito. Si tienes dudas, lo mejor es no firmar, sino escribir "no conforme". Eso no te obliga a reclamar a la empresa, pero te deja la vía abierta.

 

¡Vamos a practicar! El trabajo es un buen lugar para aplicar lo que te hemos contado:

  • Cuando te llegue una nómina, léela con calma. Es importante que conozcas cómo funcionan. Si no te cuadran, no te incluyen las horas extras o se les "olvida" pagarte algún mes, tienes hasta un año para reclamar. Si haces una reclamación previa o conciliación, ten en cuenta que el plazo del año vuelve a empezar su computo en ese momento.

  • ¿Te han despedido? Si no estás conforme con la carta de despido o no te lo justifican, ¡ojo a los plazos! Tienes 20 días hábiles (es decir, que no se cuentan los sábados, domingos ni festivos) desde que te notifican fehacientemente el despido para impugnarlo y que se declare la improcedencia. Si se te pasa… ya no puedes hacer nada. La fecha en la que empieza a contar el plazo es la que indique la carta de despido, así que fíjate bien en que no se hayan confundido.

     

Si después de tener en cuenta estos consejos te surgen dudas, ¡consúltanos!


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