26 abril 2024

Programa de Residencia de Artistas y Acción Cultural El Palacio 2024-2025


La Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular del Ayuntamiento de Gijón/Xixón promueve a través de esta convocatoria el programa de residencias de El Palacio. Residencias Artísticas y Acción Cultural, en adelante El Palacio, que tiene por finalidad apoyar el desarrollo y producción de proyectos artísticos, de investigación y mediación en los siguientes ámbitos:

  • a) Producciones en el campo de las artes plásticas y visuales.

  • b) Producciones en el campo de las artes escénicas y performativas.

  • c) Producciones en el campo del arte sonoro (no musicales).

  • d) Producciones en el campo del arte digital.

  • e) Producciones audiovisuales con interés artístico.

  • f) Creación literaria.

  • g) Proyectos curatoriales y de investigación en relación a los campos artísticos mencionados en los puntos anteriores.

  • h) Proyectos de mediación cultural e investigación en educación artística. 

En la presente convocatoria del programa de residencias de El Palacio, se seleccionarán un máximo de diez proyectos para cuyo desarrollo se proporcionarán, en los términos que se establece en los puntos 3 y 11 de estas bases: espacio de trabajo, espacio habitacional, recursos económicos y acompañamiento, además de facilitar la producción, la investigación y el aprendizaje compartido con otros residentes y agentes del territorio.

La residencia, con una duración mínima de un mes y máxima de cinco, se desarrollará entre los meses de junio de 2024 y mayo de 2025. Durante el período de residencia, las personas responsables de los proyectos seleccionados deberán hacer de El Palacio su principal sede de trabajo y tener en cuenta que la residencia se desarrolla en un espacio de trabajo compartido.

El plazo para la presentación de las solicitudes comienza el 23 de abril de 2024 y termina el 23 de mayo de 2024.

Podrán concurrir a esta convocatoria: personas físicas y jurídicas, excepto las de carácter público, con capacidad de obrar y de contratar, que no incurran en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que desarrollen su actividad profesional como creadores, artistas y profesionales de la cultura en el ámbito local, nacional e internacional de los campos indicados en el punto 1 de esta convocatoria. 

Asignación económica destinada a la producción del proyecto y honorarios:

  • 4.000 euros, impuesto incluidos por proyecto, destinados a producción del proyecto seleccionado.
  • 800 euros por mes de residencia, impuestos incluidos por proyecto, en concepto de honorarios.

En el caso de proyectos presentados por una asociación, sociedad o colectivo legalmente constituido en cualquiera de las formas previstas por la Ley, se dará tratamiento de unidad sin modificar las condiciones económicas. Los honorarios se establecen por proyectos no por personas.

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