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Decreto de la Alcaldía de 20 de junio de 2019, por el que se nombran los miembros del Gobierno de Zaragoza

  • Aprobación Definitiva

    Alcaldía
    20 junio 2019

Texto Vigente

En virtud de lo establecido en el artículo 126 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, artículo 13 de la Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón, y artículos 136, 137 y 145 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Zaragoza, dispongo:

PRIMERO. Composición de Gobierno de Zaragoza.

  1. El Gobierno de Zaragoza queda integrado por el Alcalde, que lo preside, y los siguientes Consejeros y Consejeras de Gobierno:
    • Dª. Sara María Fernández Escuer.
    • Dª. María Navarro Viscasillas.
    • D. Víctor Manuel Serrano Entío.
    • D. Angel Carlos Lorén Villa.
    • Dª. María del Carmen Herrarte Cajal.
    • Dª. Patricia María Cavero Moreno.
    • Dª. Javier Rodrigo Lorente.
    • Dª. Natalia Chueca Muñoz.
  2. La Secretaría del Gobierno de Zaragoza se ejercerá por la Consejera Dª. PatriciaMaría Cavero Moreno. En los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cuandosustituya al Alcalde en la presidencia, será suplido temporalmente en el ejercicio desus funciones por el Consejero de menor edad.
  3. La Consejera Dª. María Navarro Viscasillas asumirá las funciones de Portavoz del Gobierno.

SEGUNDO. Régimen de sesiones del Gobierno de Zaragoza.

  1. El Gobierno de Zaragoza se reunirá en sesión ordinaria con una periodicidad quincenal, con excepción del mes de agosto. Las reuniones se celebrarán los viernes, a las 9,30 horas.
  2. El Alcalde podrá cambiar el día y la hora de las sesiones, así como suspenderlas o alterarlas en períodos festivos, y posponer o avanzar su celebración dentro de la misma semana o la inmediatamente posterior, cuando el día sea inhábil o concurran circunstancias especiales.

TERCERO. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su firma, debiendo inscribirse en el Libro de Decretos de la Alcaldía y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.

Igualmente, se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre.