Calendario del año 2024
Convocatoria | Fecha / Orden del día | Documentación | Acta / Acuerdos |
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Sesión ordinaria |
Lunes, 26 de febrero de 2024 12:30 horas Orden del día |
Acta de la sesión |
El Consejo Sectorial por la Igualdad es un órgano de participación e información, coordinación y cooperación, control y asesoramiento, de naturaleza consultiva y propositiva de ámbito municipal en temas de igualdad y diversidad entre géneros.
Convocatoria | Fecha / Orden del día | Documentación | Acta / Acuerdos |
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Sesión ordinaria |
Lunes, 26 de febrero de 2024 12:30 horas Orden del día |
Acta de la sesión |
El 27 de septiembre de 1996, el Ayuntamiento de Zaragoza aprobó el Reglamento Marco de los Consejos Sectoriales de Zaragoza (BOP de 24 de octubre de 1996). En el Título I, art. 2 de este reglamento, se definen los Consejos Sectoriales de Zaragoza como órganos de participación, de naturaleza consultiva, informativa y asesora en el ámbito municipal. La finalidad y objetivo de los Consejos Sectoriales es la de facilitar la participación de los ciudadanos y canalizar la información de las entidades asociativas en los asuntos municipales.
Con la aprobación del Reglamento de Órganos Territoriales y de Participación Ciudadana (BOP nº 288 de 17 de diciembre de 2005), los Consejos Sectoriales deben funcionar de forma coordinada y bajo la dependencia del Consejo de la Ciudad, para una mayor eficacia y eficiencia en beneficio del ciudadano.
En sesión celebrada el 24 de noviembre de 2017, se aprobó por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, la creación del Consejo Sectorial de Igualdad y del proyecto de normativa de funcionamiento interno.
El Reglamento del Consejo Sectorial de Igualdad, se aprueba inicialmente el 30 de noviembre y es publicado en la web municipal y en el BOP del día 14 de diciembre de 2017.
El Consejo Sectorial de Igualdad se constituye el 13 de febrero de 2018, como órgano de participación, información, coordinación y cooperación, control y asesoramiento, de naturaleza consultiva y propositiva de ámbito municipal en temas de igualdad y diversidad entre géneros.
Depende del Consejo de la Ciudad, y su finalidad es facilitar la participación y coordinación de acciones y estrategias entre instituciones, organizaciones y ciudadanía, que trabajan para construir una Zaragoza que fomente la igualdad y la diversidad de géneros.
Corresponderá a este Consejo, dentro del ámbito de sus competencias, lograr el cumplimiento de las siguientes funciones:
Los objetivos específicos para este Consejo son:
Siguiendo lo estipulado en el art. 13, en la sesión constitutiva del Consejo del 13 de febrero se incluyó la propuesta de la Presidencia en relación a qué personas y entidades forman parte. En esta propuesta se incluyen las entidades e instituciones que solicitaron su participación a través de un proceso de presentación de solicitudes que tuvo lugar del 12 de enero al 1 de febrero del 2018, así como las que han sido invitadas.
Tanto en la reunión del 10 de abril como en la del 25 de abril, se reúne la presidencia junto con las personas representantes de los grupos políticos municipales y personal técnico municipal para proponer y aprobar las entidades e instituciones que formarán parte del Consejo, y propuesta de entidades e instituciones invitadas que no estén recogidas en el Reglamento.
En en la sesión del 10 de julio cuando participan instituciones y entidades, tanto las que forman parte según el reglamento, como las invitadas por la Presidencia, y las que lo han solicitado.
A fecha de septiembre de 2020 forman parte del Consejo:
No es una composición cerrada, pues cualquier institución, asociación o entidad ciudadana que cumpla con los requisitos abajo expuestos, podrá solicitar formar parte del Consejo a la Presidencia. Para ello, las solicitudes se enviarán al correo electrónico igualdad@zaragoza.es, debiendo indicar el número de inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y acompañar los estatutos de la asociación o entidad.
Las asociaciones que quieran participar en el Consejo deben reunir las condiciones establecidas en el articulo 11 de la normativa, es decir estar registradas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, que trabajen a favor de la promoción de la igualdad y la diversidad de género, que tengan entre sus principales objetivos la eliminación de discriminación entre sexos e identidades de género, la promoción del empoderamiento y participación real de las mujeres y del colectivo LGTBIQ en todos los aspectos de la vida. Además en sus estatutos deberá constar su compromiso con la igualdad de género y la promoción de las mujeres desde un enfoque de género y/o el compromiso de defender y reivindicar los derechos del colectivo LGTBIQ, así como la visibilización de los mismos en la sociedad y /o favorecer el reconocimiento y el respeto a las diferentes orientaciones afectivo - sexuales e identidades de género.
En la sesión celebrada el 6 de noviembre de 2018, además de presentarse el II Plan de Igualdad para la ciudadanía, se constituyen y aprueban las diferentes Mesas de Trabajo, que según el art. 8 del Reglamento, y junto al Pleno del Consejo y la Comisión Permanente, conforman la estructura del Consejo Sectorial de Igualdad.
El Pleno del Consejo Sectorial de Igualdad, está formado por entidades e instituciones que desde diversos ámbitos trabajan en Zaragoza por la promoción de igualdad y la diversidad de género y colectivo LGTBIQ, además de todos los grupos políticos del Ayuntamiento de Zaragoza y de técnicas y técnicos municipales. En el art. 11 del Reglamento del Consejo Sectorial de Igualdad se recoge su composición, que ya ha sido expuesta anteriormente.
Sus funciones son:
La Comisión Permanente es el órgano de intermediación entre el Pleno y las Mesas de Trabajo, compuesto por tres representantes de los miembros del Pleno que rotarán anualmente.
En la actualidad está compuesta por:
El 20 de septiembre de 2018 se constituye la Comisión en la que se incluyen las tres personas representantes de las entidades del Pleno elegidas en turno rotatorio en la sesión plenaria del Consejo del 10 de julio. En esta sesión también se aprueba el listado de Mesas de Trabajo que será aportado en el Pleno del 10 de julio.
En esta sesión se aprueba el listado de Mesas de Trabajo que será aportado en el Pleno del 10 de julio
En cuanto a las Mesas de Trabajo, están formadas por entidades que forman parte del Pleno y por cualquier otra entidad o persona que lo solicite a la Secretaría Técnica.
Sus funciones son:
Para formar parte de las mesas se envió a las entidades que forman parte del Pleno del Consejo una invitación para participar en las mesas propuestas en la reunión del 10 de julio. Una vez recibidas las solicitudes y aprobado el listado de mesas propuestas por la Comisión Permanente, se constituyen en la reunión del Pleno del Consejo celebrada en el 6 de noviembre las siguientes mesas de trabajo:
Actualmente el Consejo Sectorial de Igualdad tiene constituidas las siguientes Mesas de trabajo
La composición y objetivos de cada una de las mesas de trabajo puede verse en el apartado Composición.
Última actualización: 12 de junio de 2019
Los procesos participativos garantizan el derecho de la ciudadanía a participar en la toma de decisiones junto con los poderes públicos, de manera que el sentir de la totalidad de la población se tenga en cuenta con carácter previo a la adopción de decisiones que puedan afectar a un sector concreto de la ciudad a o a la totalidad.
La creación del Consejo Sectorial para la Igualdad responde a la necesidad de generar un espacio de promoción de la cooperación y la articulación de redes de acción para avanzar en la construcción plural y democrática de un bien común: la igualdad entre los géneros; se configura como una herramienta fundamental en la lucha contra la discriminación por razón de género y por la igualdad y la diversidad de género.
En este sentido, la Constitución en el artículo 14 recoge el derecho a la igualdad y a la no discriminación, y el artículo 9.2 corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo, y de los grupos en que se integra, sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
La Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de su ámbitos de su vida y singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural.
La IV Conferencia Mundial Beijing 1995, en su Declaración, artículo 13, señala: el empoderamiento de las mujeres y su plena participación en condiciones de igualdad, en todas las esferas de la sociedad, incluyendo la participación en los procesos de tomas de decisiones y el acceso al poder, son fundamentales para el logro de la Igualdad, el Desarrollo y la Paz.
El Plan municipal de Igualdad, elaborado participativamente en consenso con las entidades y agentes implicados, cuenta con una línea dedicada a promover la participación y, tal como se recoge en sus objetivos y medidas, figura la de crear espacios de participación. El Consejo Sectorial por la Igualdad responde a esta propuesta.
La Ley 57/2003 de Medidas de Modernización del Gobierno Local, recogida por el Consejo de la Ciudad de Zaragoza, en el cual se integra y coordina este consejo sectorial, reconoce en su Preámbulo que Incrementar y reforzar la participación ciudadana en todos los ámbitos de la vida pública local no es un mero principio enunciativo constitucional sino que constituye la carta de naturaleza de todo gobierno democrático que no hace sino completar el proceso de confianza que los ciudadanos y ciudadanas han depositado en los gestores municipales pero que, en definitiva, deben a aquéllos toda la legitimidad de sus actuaciones.
El artículo 6 de Reglamento de Órganos Territoriales y Participación Ciudadana expresa que el Ayuntamiento de Zaragoza reconoce el derecho de todos/as a la ciudad, como lugar de convivencia y espacio de realización humana, garantizando la participación ciudadana, especialmente en las materias que afectan más directamente a la calidad de vida de los vecinos/as.
El artículo 116.1 del citado Reglamento refiere que todos los Consejos Sectoriales y los instrumentos de participación sectorial funcionarán de forma coordinada y bajo la dependencia del Consejo de la Ciudad en aras de una mayor eficacia y eficiencia en beneficio del ciudadano
2. Los Consejos Sectoriales son órganos de participación, información, control y asesoramiento, de naturaleza consultiva en el ámbito municipal. Su finalidad y objetivos es la de facilitar la participación de las/os ciudadanos/as y canalizar la información de las entidades asociativas en los asuntos municipales.
El Reglamento consta de Exposición de motivos, 2 títulos , 34 artículos y dos Disposiciones adicionales.
El contenido del presente Reglamento en lo referido a la naturaleza composición y funcionamiento del Consejo Sectorial se ha elaborado a imagen del Consejo de la Ciudad regulado en el Reglamento de Órganos Territoriales y Participación Ciudadana Aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno el 28-07-2005. y Publicado en BOPZ (Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza) número 288 de 17-12-2005. Así se han seguido los mismos parámetros en cuanto a funciones, convocatorias y estructura, con la salvedad de que dado que se trata de un órgano que depende del Consejo de la Ciudad la figura de la Secretaría ha quedado enclavada en la Secretaría Técnica, que aparte de ostentar las funciones propias de un órgano de estas características ha asumido las generales de la Secretaría de un órgano colegiado. Cabe destacar la creación de la Comisión Permanente y la prolija exposición de las mesas de Trabajo, a cuyo frente se encontrará la coordinación de las mismas.
Artículo 1. El Consejo Sectorial por la Igualdad es un órgano de participación e información, coordinación y cooperación, control y asesoramiento, de naturaleza consultiva y propositiva de ámbito municipal en temas de igualdad y diversidad entre géneros.
Artículo 2. Los acuerdos del Consejo tendrán el carácter de informe o petición, y habrá un compromiso político con las propuestas siempre y cuando el órgano de gobierno competente decida asumir las decisiones que sean adoptadas.
Artículo 3. Su finalidad es facilitar la participación y coordinación de acciones y estrategias entre instituciones, organizaciones y ciudadanía, que trabajan para construir una Zaragoza que fomente la igualdad y la diversidad entre los géneros. Entendemos que este consejo deberá trabajar por la igualdad, ya que es imprescindible para mejorar la calidad de vida de las mujeres y de los colectivos LGTBIQ, buscando su igualdad salarial y social, luchando contra la violencia machista y los comportamientos sexistas, mejorando su participación y visibilidad pública, profundizando en la corresponsabilidad.
El Consejo Sectorial por la Igualdad busca incrementar el capital social de la ciudad, es decir, su capacidad de organización y actuación conjunta. Y lo hace mediante la promoción de la cooperación y la articulación de redes de acción para avanzar en la construcción plural y democrática de un bien común primordial: la igualdad entre los géneros.
Artículo 4. Su organización es de un espacio horizontal, que sirva para construir dinámicas que permitan desarrollar los fines propuestos. La toma de decisiones y la información deberá relacionarse de forma bidireccional entre las diferentes estructuras. Esta organización implica:
Artículo 5. Son objetivos de este consejo sectorial los comunes o generales para todos los Consejos Sectoriales de este Ayuntamiento, pero siempre relacionados con la temática de este consejo, a saber:
Artículo 6. Los específicos para este Consejo Sectorial por la Igualdad son:
Artículo 7. Corresponderán a este Consejo, dentro del ámbito de sus competencias, lograr el cumplimiento de las siguientes funciones:
Artículo 8. El Consejo Sectorial de Igualdad contará con la siguiente estructura:
Artículo 9. Para formar parte del pleno, las entidades deberán solicitar su adhesión. Cada entidad aportará una persona titular y una suplente.
Artículo 10. Corresponden al Pleno las funciones de:
Socializar las acciones que se desarrollan para mejorar la igualdad en la ciudad.
Realizar un informe bianual que recoja las necesidades detectadas y que concrete las prioridades sobre las que incidir para mejorar la situación de igualdad en la ciudad.
Establecer las comisiones de trabajo que vayan a elaborar propuestas sobre las prioridades y coordinar actuaciones sobre diferentes ámbitos de políticas de igualdad.
Aprobar lineas de actuación conjunta a partir de las propuestas de las comisiones de trabajo y evaluar sus resultados.
Hacer seguimiento anual del Plan de Igualdad de la Ciudad y elevar propuestas para su mejora.
Revocar de la condición de miembro de las entidades
Artículo 11. Formarán parte del Pleno, con voz y voto:
Se invitará a formar parte del pleno, con voz y voto, a:
Asimismo, formarán parte del Pleno del Consejo, con voz pero sin voto:
Nuevas incorporaciones:
Las entidades o instituciones no incluidas en la relación anterior que deseen formar parte del consejo deberán solicitarlo por escrito a la Presidencia, que decidirá o no su incorporación, en base al cumplimiento de este reglamento, dando cuenta a la inmediata sesión que celebre el Pleno del Consejo.
Artículo 12. Se perderá la condición de integrante del Consejo Sectorial por las siguientes causas:
Artículo 13.
Para constituir el consejo, dentro del plazo de tres meses desde la aprobación del presente reglamento, se celebrará sesión plenaria constitutiva del Consejo. Para la válida constitución del Consejo se requerirá la presencia de la persona titular de la Presidencia o en quien delegue, de la Secretaría y las siguientes personas:
En el Orden del día de esta primera sesión deberá incluirse la propuesta de la Presidencia en relación a qué personas y entidades formaran parte, sus estatutos e inscripción en el censo de entidades ciudadanas, todo ello sin perjuicio de que, con posterioridad a dicha sesión, se produzcan nuevas incorporaciones al Consejo.
Artículo 14. Se plantean dos tipos de sesiones:
Artículo 15. Para su funcionamiento se reunirá al menos dos veces al año en sesión ordinaria y sus acuerdos tendrán el carácter de informe o petición y se tendrán en cuenta en los órganos de Gobierno Municipal.
Todas las convocatorias se realizarán por correo electrónico. Además, se trasladará a conocimiento del Consejo de la Ciudad.
Artículo 16. Para que el pleno pueda considerarse constituido deberá asistir un tercio del número legal de sus miembros en primera convocatoria. Si en primera convocatoria no existiera quorum necesario, se entenderá convocada la sesión, automáticamente, quince minutos después, siendo válida su constitución cualquiera que sea el número de asistentes siempre que estén presentes la Presidencia o persona que la sustituya y el /la titular de la Secretaria Técnica o persona que la sustituya.
Artículo 17. El Pleno adoptará sus acuerdos por consenso. Cuando éste no sea posible, el voto será personal y no delegable y se ejercerá por la vocal titular o por su suplente si lo tuviere.
En general, el voto será público. Si la mayoría de las personas presentes en la sesión lo solicitara, el voto podrá ser secreto. El voto será favorable, contrario o abstención.
Los acuerdos o propuestas expresados mediante voto se adoptarán por mayoría simple: esta se produce cuando los votos favorables son superiores a los negativos de los emitidos por miembros presentes.
En los casos de votación con resultado de empate se efectuará una nueva votación. Si persistiera el empate decidirá el voto de calidad de la Presidencia.
Artículo 18. Serán derechos de las personas participantes:
Serán deberes de las personas participantes:
Artículo 19. La Presidencia recaerá en Alcaldía, que podrá delegar en la concejalía competente en el área de igualdad.
Artículo 20. Son funciones de la Presidencia:
Artículo 21. Esta comisión estará compuesta por personas con derecho a voz y voto:
Tendrán derecho a voz sin voto:
Artículo 22. Es el máximo órgano entre Plenos, encargado de la gestión ordinaria del Consejo y de asumir la dirección del mismo cuando el Pleno no este reunido.
Artículo 23. Son funciones de la comisión permanente:
Artículo 24. Se reunirá al menos cuatro veces al año en sesión ordinaria, con al menos diez días hábiles de antelación, y siempre que la ocasión lo requiera en sesión extraordinaria, con dos días hábiles de antelación. La comisión se considerará válidamente constituida cuando asista un tercio del número legal de sus miembros en primera convocatoria. Si en primera convocatoria no existiera quorum necesario, se entenderá convocada la sesión, automáticamente, quince minutos después, siendo válida su constitución en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asistentes.
Artículo 25. La comisión adoptará sus acuerdos por consenso y por mayoría simple de asistentes.
Artículo 26. Corresponderá a el/la titular de la Secretaría General del Pleno funcionario en quien se delegue, con voz y sin voto.
Artículo 27. Serán sus funciones:
Artículo 28. Formarán las mesas sectoriales aquellas entidades que formen parte del Pleno y que lo hayan pedido en el momento de su formación y/o aquellas entidades y/o personas que lo soliciten expresamente vía escrito a la Secretaría Técnica. La Secretaría trasladará la petición a la Comisión Permanente, si todavía no estuviere conformada la mesa o a la propia mesa, si ya funcionase. La participación será efectiva tras la aprobación de la misma por el órgano competente. Además, se podrá proponer la presencia de expertos/as en el tema a debatir.
Dichas mesas de trabajo se aprobaran por el Pleno del Consejo.
Cada mesa de trabajo se organizará para dar respuesta al trabajo encomendado y a la capacidad de las personas que lo conforman.
Artículo 29. Son funciones de las mesas de trabajo:
Artículo 30. Para su funcionamiento, cada mesa de trabajo, en su primera convocatoria, elegirá a una persona para la coordinación.
Artículo 31. Las mesas de trabajo adoptarán sus acuerdos por consenso y por mayoría simple de asistentes.
Artículo 32. Las mesas de trabajo se reunirán:
Artículo 33. Como temas estratégicos, en la primera sesión se establecerán cuáles son las posibles mesas de trabajo que se vayan a constituir, a petición de las personas miembros.
Artículo 34. Las mesas de trabajo servirán también como interlocutoras de la Concejalía de la que dependa el Servicio de Igualdad, para el diálogo en torno a cuestiones concretas de la gestión municipal que se refieran a su ámbito de actuación.
Artículo 35. La comisión permanente organizará un proceso de evaluación cada dos años o cuando la mitad del Consejo lo solicite. Se analizarán, al menos, los objetivos, las funciones, la composición y la dinámica.
La aprobación del Reglamento corresponde al Pleno del Ayuntamiento, previa conformidad del consejo de la Ciudad, coincidiendo con el acuerdo de su creación.
La modificación total o parcial del presente Reglamento, así como su derogación, corresponde al Pleno del Ayuntamiento, previa consulta al Consejo Sectorial por la Igualdad.
Las dudas que suscite la interpretación y aplicación de este Reglamento serán resueltas por la Presidencia del Consejo oída la Comisión Permanente, siempre de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
Para cualquier duda no recogida en el presente reglamento, se remitirá al Reglamento de Participación Ciudadana y al Consejo de Ciudad.
El acuerdo de creación del Consejo y el presente reglamento se publicará en la Web Municipal y en el B.O.P.
Presidencia
Delegada en la Concejalía Delegada de Mujer, Igualdad y Juventud por Decreto de Alcaldía de 6 de septiembre de 2019.
La persona que ostente la responsabilidad política en materia de Igualdad
Concejala Delegada de Mujer, Igualdad y Juventud.
Una persona representante de cada grupo político del Ayuntamiento de Zaragoza
Una persona representante de cada institución o entidad que figura en el reglamento y que se le ha invitado a participar:
Una persona representante de cada institución o entidad que ha sido invitada a participar:
Una persona representante de cada institución o entidad que ha solicitado su participación:
Presidenta
Concejala Delegada de Mujer, Igualdad y Juventud
Una persona representante de cada grupo político del Ayuntamiento de Zaragoza
Tres representantes de Entidades
Personas coordinadoras de las Mesas de Trabajo
Objetivos:
En el grupo “Visibilidad pública de las mujeres” trabajamos para que la sociedad reconozca y otorgue el mismo tratamiento e importancia en todos los campos del saber, en el ámbito público y en el privado, y desde el principio de interseccionalidad, a la otra mitad de la población, las mujeres. Velamos para que su presencia en los puestos de gestión y decisión sea paritaria, ahora y en el futuro, e igualmente trataremos de rescatar del olvido y otorgar reconocimiento a las que quedaron relegadas a lo largo de la historia. En definitiva contribuir a reescribir la historia para que “ellas” estén también incluidas, porque esos son los cimientos en los que se asienta una sociedad verdaderamente democrática.
Coordina: ASOCIACIÓN CLÁSICAS Y MODERNAS
Entidades:
Objetivos:
En la mesa de trabajo de Sensibilización para la Igualdad desde la Infancia hasta la Universidad estamos trabajando diferentes entidades, asociaciones y grupos políticos junto con el Ayuntamiento de Zaragoza. Nuestro objetivo es detectar las necesidades más prioritarias en este ámbito y plantear medidas y acciones que se puedan llevar a cabo desde el Ayuntamiento, teniendo en cuenta la línea de trabajo del II Plan de Igualdad y las acciones que ya están emprendidas desde otras entidades.
Coordina: YMCA
Entidades:
Objetivos:
Grupo de trabajo constituido para la revisión del Plan de Igualdad y la elaboración de propuestas en materia de empleo y empresas desde el enfoque y perspectiva de la igualdad de género y de oportunidades. Mediante el análisis de aquellos ámbitos relacionados con la igualdad de género en el mundo laboral y empresarial y abordando ítems como Planes de Igualdad en las empresas, programas de acceso al mercado laboral, conciliación, etc.
Coordina: Asociación AMASOL
Entidades:
Objetivos:
La Mesa de trabajo sobre prostitución constituida con fecha 19 de noviembre de 2018 se plantea como objetivos prioritarios: Estudiar y proponer al Ayuntamiento de Zaragoza, dentro de las competencias del mismo, aquellas medidas de prevención, sensibilización, atención y coordinación que se consideren oportunas para velar por los derechos humanos y la dignidad de la persona, evitando entrar en la dicotomía legalización/abolición cuyo debate escapa a nuestras competencias y posibilidades.
Coordina: Hombres por la igualdad
Entidades:
Objetivos:
Esta mesa de trabajo del Consejo Sectorial de Igualdad del Ayuntamiento de Zaragoza, parte de la base de la situación de múltiple discriminación que sufren las mujeres con discapacidad ya que a la discriminación propia del género se añade la de la discapacidad, entre otras, y de esta forma se ha convertido en un colectivo olvidado. Este grupo tratará de abordar temáticas de especial interés para el colectivo, tales como la accesibilidad de los recursos propios para mujeres, fomento de la salud, prevención de patologías, visibilización positiva… y en general cualquier proyecto o actividad que pueda fomentar la inclusión social de las mujeres con discapacidad.
Coordina: CERMI Aragón
Entidades:
Objetivos:
Como objetivos de esta mesa están: 1. Informar y sensibilizar a la ciudadanía de Zaragoza acerca de la identidad de género y de la diversidad afectivo sexual. 2. Buscar herramientas para formar a los técnicos municipales, personal y en general a cualquier tipo de funcionario y también políticos y asesores acerca de como tratar la identidad de género y la diversidad afectivo sexual. 3. Aplicar la LEY 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón y la LEY 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón en todas las políticas y áreas del Ayuntamiento de Zaragoza. 4. Visibilizar a las asociaciones, clubes deportivos, proyectos y actividades del colectivo LGTBIQ
Coordina: Asociación deportiva Cierzo Pro LGTB+
Entidades:
El Servicio de Mujer e Igualdad, en colaboración con la Mesa de Visibilidad Pública de las Mujeres del Consejo Sectorial de Igualdad, promueve este proyecto con la finalidad de rescatar la memoria y la aportación de mujeres aragonesas de los siglos XIX y XX que dejaron su huella en diferentes contextos históricos, culturales y sociales.
Abarca inicialmente cuatro ámbitos y cada uno consta de la edición de un libro, exposición itinerante, catálogo, audiovisual y página web.
Convocatoria | Fecha / Orden del día | Documentación | Acta / Acuerdos |
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Comisión permanente |
Lunes, 20 de marzo de 2023 13:00 horas Orden del día |
Convocatoria | Fecha / Orden del día | Documentación | Acta / Acuerdos |
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Sesión Ordinaria |
Lunes, 12 de diciembre de 2022 13:00 horas Orden del día |
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Comisión permanente |
Martes, 26 de julio de 2022 13:00 horas Orden del día |
Convocatoria | Fecha / Orden del día | Documentación | Acta / Acuerdos |
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Sesión Ordinaria |
Miércoles, 10 de noviembre de 2021
13:00 horas Orden del día |
Acta de la sesión | |
Comisión Permanente |
Martes, 5 de octubre de 2021
13:00 horas Orden del día |
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Acta de la sesión |
Comisión Permanente |
Martes, 4 de mayo de 2021
13:00 horas |
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Acta de la sesión |
Sesión ordinaria |
Jueves, 11 de febrero de 2021
17:00 horas Orden del día |
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Acta de la sesión |
Convocatoria | Fecha / Orden del día | Documentación | Acta / Acuerdos |
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Comisión Permanente |
Martes, 1 de diciembre de 2020
13:00 horas |
Acta de la sesión | |
Comisión Permanente |
Lunes, 18 de septiembre de 2020
13:00 horas |
Acta de la sesión | |
Sesión Ordinaria |
Lunes, 2 de marzo de 2020
17:00 horas Orden del día |
Acta de la sesión |
Convocatoria | Fecha / Orden del día | Documentación | Acta / Acuerdos |
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Comisión Permanente |
Miércoles, 10 de abril de 2019
13:00 horas Orden del día |
Acta de la sesión | |
Sesión ordinaria |
Miércoles, 13 de marzo de 2019
Orden del día |
Acta de la sesión | |
Comisión Permanente | Miércoles, 9 de enero de 2019 |
Convocatoria | Fecha / Orden del día | Documentación | Acta / Acuerdos |
---|---|---|---|
Sesión ordinaria |
Martes, 6 de nov de 2018
Orden del día |
Acta de la sesión | |
Comisión permanente | Jueves, 20 de septiembre de 2018 | Acta de la sesión | |
Sesión ordinaria |
Martes, 10 de julio de 2018
Orden del día |
Acta de la sesión | |
Sesión ordinaria |
Miércoles, 25 de abril de 2018
Orden del día |
Acta de la sesión | |
Sesión ordinaria |
Martes, 10 de abril de 2018
Orden del día |
Acta de la sesión
Anexo al acta de la sesión |
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Sesión Constitutiva |
Martes, 13 de febrero de 2018
Orden del día |
Acta de la sesión constitutiva |