Moción: P-7901/2024

Orden del día Publicación con sello de tiempo del 30-05-2024 09:00 presentada por GM ZeC

Moción presentada por el grupo municipal ZEC, en el sentido de lamentar el comportamiento de los miembros de la corporación en la sesión plenaria de 25 de abril e instar al Gobierno de la ciudad a impulsar un espacio adecuado en la zona destinada al público con movilidad reducida en el plazo máximo de 2 meses.

MOCIÓN AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Dª. Elena Tomás Bona, portavoz del Grupo Municipal de Zaragoza en Común viene a formular para su aprobación la siguiente Moción en base a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley de bases de Régimen Local en su Artículo 1 recoge: los Municipios son entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades.

La promoción de la transparencia en las administraciones públicas y los mecanismos de participación de la ciudadanía en las sesiones plenarias del Ayuntamiento de Zaragoza, está recogida en diferentes Reglamentos para garantizar la participación directa. En el Reglamento Orgánico Municipal en su artículo 80, se recoge este derecho:

Art. 80.- Intervención en el Pleno de entidades ciudadanas inscritas y turno de ruegos y preguntas una vez levantada la sesión.

1. Las entidades ciudadanas inscritas en el censo municipal de entidades ciudadanas podrán intervenir ante el Pleno del Ayuntamiento en la forma establecida en el Reglamento de Organos Territoriales y de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Zaragoza.

2. Una vez levantada la sesión el Presidente podrá establecer un turno de ruegos y preguntas a formular por el público asistente, sobre temas concretos de interés municipal. Corresponde al Alcalde ordenar y cerrar este turno. Este derecho se ejercitará en la forma establecida en el Reglamento de Organos Territoriales y de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Zaragoza

También en el Reglamento de Organos Territoriales y de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Zaragoza, se recoge este derecho:

Art. 7. Todos los vecinos de Zaragoza podrán ejercer directamente su derecho a la participación en los asuntos públicos, al margen de las periódicas elecciones para renovar los órganos de gobierno municipal, mediante el acceso a las sesiones plenarias, pudiendo participar al término de las mismas y a través de la difusión de acuerdos municipales.

La participación de la ciudadanía en las sesiones plenarias, es un elemento más de contacto directo entre las personas que han sido elegidas para representarlas y las personas electoras.

Sin embargo en el salón de Plenos Municipal de este Ayuntamiento en los últimos tiempos, lo que hemos vivido es un desprecio manifiesto al derecho a la participación ciudadana que llegó a su punto álgido en el último pleno municipal donde, durante la intervención de varias personas representando a entidades ciudadanas, que cumplieron escrupulosamente los requisitos para participar, encontraron al otro lado ausencias, falta de escucha o el parloteo algunos miembros de la corporación.

Ha trascendido al resto del Estado la falta de atención y silencio de muchos miembros de esta corporación durante la intervención de una científica del CSIC en el marco de una moción presentada por Zaragoza en Común sobre los efectos de la crisis climática, donde las faltas de respeto se hicieron aún más palpables al verse a la alcaldesa y otros miembros de la Corporación hablando entre ellos y mirando el móvil, situaciones que deben hacernos reflexionar a todas las personas que somos miembros de la corporación.

La alcaldesa, como máxima representante de la ciudad, debe mantener en nuestra opinión la debida atención cuando la ciudadanía viene a interpelarnos a la casa de todas las zaragozanas y zaragozanos.

Esta actitud de la alcaldesa se repite en cada sesión hacia aquellas personas que, en un ejercicio democrático y de participación ciudadana, vienen al pleno a hablar de temas que sí preocupan a los vecinos y vecinas, representantes de colectivos, de asociaciones, movimientos sociales, profesionales que acuden al pleno a presentar situaciones que se viven en Zaragoza, que afectan a nuestros barrios, a la calidad de vida de nuestros vecinos y vecinas, que preocupan al tejido vecinal, problemas reales.

Lo que vemos de forma constante es a una alcaldesa que se ausenta de los debates, una alcaldesa que no escucha, que no tiene interés por nada que no genere un buen selfie, que no tiene ningún respeto por las intervenciones que se realizan desde el público.

La imagen dada por esa actitud, que lamentablemente ya se había producido en otras ocasiones, no debe volver a producirse.

Asimismo, consideramos necesario que el derecho a la participación ciudadana y al a asistencia al Pleno debe garantizarse en condiciones de igualdad para todas las vecinas y vecinos de la ciudad. Por ello es necesario que adaptemos el salón de plenos a las personas con movilidad reducida para que puedan asistir al pleno en el espacio destinado al público. No creemos que el situar las sillas de ruedas de la forma que se está realizando hasta ahora, sea la opción más correcta, máxime si queremos cumplir con la ordenanza de accesibilidad que en su articulo 40 lo contempla y nos remite a las necesidades de obligado cumplimiento al tratarse la Casa Consistorial de un Bien de Interés Cultural.

Por todo ello, el Grupo Municipal de Zaragoza en Común presentamos para su debate y aprobación la siguiente

MOCIÓN

  • 1. El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza lamenta el comportamiento de algunos miembros de la corporación hacia los y las vecinas que participaron en la la sesión plenaria del 25 de Abril, pide disculpas a la ciudadanía y se compromete a escuchar con la debida atención las intervenciones que se registren para participar en los plenos municipales.
  • 2. El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza insta al Gobierno de la ciudad a impulsar un espacio adecuado en la zona destinada al público para personas con movilidad reducida en el plazo máximo de 2 meses.

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