0020574-21 - SERVICIO DE CAPTURA, RECOGIDA Y TRASLADO DE ANIMALES DE COMPAÑÍA ABANDONADOS O PERDIDOS EN LA CIUDAD DE ZARAGOZA Y SUS BARRIOS RURALES


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Servicio Gestor: UNIDAD DE PROTECCIÓN ANIMAL
  • Año: 2022
  • Valor estimado: 301.557,00€
  • Importe (sin IVA): 100.519,00 € (con IVA: 121.627,99 €)
  • Objeto: Servicio de captura, recogida y traslado de animales de compañía abandonados o perdidos en la Ciudad de Zaragoza y sus Barrios Rurales
  • Duración: 730 días
  • CPV:
    • Servicios de perrera
  • Licitadores: 1
  • Clase:Oferta económica
  • Descripción:

    Las ofertas económicas serán valoradas de acuerdo con la siguiente fórmula:

    P = Pmax *√ Bi / Bmax

    Siendo:

    - P es la puntuación que obtiene la oferta que se valora.

    - Pmax es la puntuación máxima asignada al criterio precio por este pliego (80 puntos)

    - Bi es la baja porcentual sobre el presupuesto de licitación de la oferta que se valora (lVA no incluido).

    - Bmax es la baja porcentual máxima de todas las ofertas admitidas a la licitación (lVA no incluido).

    El tipo de licitación respecto del que se calcula la baja es el presupuesto máximo estimado de 100.519,00 € (lVA no incluido) referido a la duración inicial del contrato de dos años. La baja se calcula como la diferencia entre el tipo de licitación y la oferta propuesta por el licitador que se valora.

    La baja porcentual es el resultado de dividir la diferencia obtenida entre el tipo de licitación y multiplicar el resultado por cien. Para la aplicación de la fórmula, todos los importes se considerarán con IVA no incluido, es decir, referidos a la base imponible.

    Las ofertas que vayan al tipo de licitación se puntuarán con 0 puntos. En las ofertas económicas el IVA se desglosará como una partida independiente. Si el licitador estuviera exento de IVA deberá especificarlo en su oferta, aportando la documentación acreditativa correspondiente.

  • Tipo de criterio:Objetivo
  • SubTipo de criterio:Precio
  • Peso:80 %
  • Clase:Criterios sujetos a juicio de valor
  • Descripción:

    a) Proyecto de ejecución del servicio. Hasta un máximo de 10 puntos

    El licitador presentará una propuesta técnica para la prestación del servicio que se contrata, con el contenido que se detalla en esta cláusula, y respetando en todo momento las prescripciones y objetivos marcados en el pliego de prescripciones técnicas particulares.

    Sólo se valorarán las instrucciones de trabajo que estén adaptadas al objeto de la prestación; no se valorarán las referencias a desarrollos efectuados para otras empresas o entidades públicas.

    La propuesta técnica de Proyecto de ejecución del servicio especificará y describirá:

    - los procedimientos normalizados de trabajo propuestos,

    - los métodos de captura,

    - el manejo y las técnicas de trabajo,

    - el transporte de los animales, y

    - la sistemática de atención de ingresos de animales en el Centro Municipal de Protección Animal

    Cada subapartado será puntuado con dos (2) puntos.

    Se valorará el nivel de adecuación, coherencia y desarrollo de los contenidos al adecuado cumplimiento de las tareas y actuaciones objeto del servicio, de forma que se optimicen las mismas y contribuyan a una mayor eficiencia y calidad en la asistencia a los animales.

    No se incluirá en este sobre ningún dato del que pueda deducirse aspectos a valorar en el sobre 2 mediante fórmulas aritméticas, so pena de exclusión.

    En concreto, el licitador no indicará en ningún caso la posible disponibilidad de un centro temporal inscrito como núcleo zoológico, de manera que se garantice el secreto de esta parte de su proposición que se formula en el sobre nº 3 

  • Tipo de criterio:Subjetivo
  • SubTipo de criterio:Otros
  • Peso:10 %
  • Clase:Disponibilidad de un centro temporal inscrito como núcleo zoológico
  • Descripción:

    Se otorgarán 10 puntos a las propuestas de los licitadores que se comprometan a la puesta a disposición del contrato de unas instalaciones en las que los animales puedan quedarse temporalmente (hasta un máximo de tres animales), cuando en situaciones excepcionales por motivos de fuerza mayor no sea posible el traslado de los animales recogidos al Centro Municipal de Protección Animal.

    Estas instalaciones deberán disponer de autorización e inscripción en el Registro de núcleos zoológicos de acuerdo con lo establecido en la la ley 1112003, de 19 de marzo, de protección animal en la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Tipo de criterio:Objetivo
  • SubTipo de criterio:Otros
  • Peso:10 %

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