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1426217-09 - COLOCACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MAQUINAS EXPENDEDORAS DE BEBIDAS Y ALIMENTOS SÓLIDOS EN DIVERSAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES

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Error Material en la adjudicación

DECRETO DEL VICEALCALDE- CONSEJERO DEL AREA DE PRESIDENCIA, ECONOMÍA Y HACIENDA , EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA, A 19 DE ENERO DE DOS MIL ONCE.

Vista la documentación obrante en el expediente y el informe y propuesta del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Vicealcalde y Consejero del Área de Presidencia, Economía y Hacienda, en virtud del Acuerdo de Gobierno de Zaragoza de fecha 17 de febrero de 2009, y del Decreto de Alcaldía-Presidencia de 19 de enero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Rectificar el error material, producido en el apartado SEGUNDO del acuerdo del Ilmo. Vicealcade y Consejero del Área de Presidencia, Economía y Hacienda , de fecha 29 de diciembre de 2010 recaído en expediente número 1.426.217/09 relativo a contrato de "COLOCACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE BEBIDAS Y ALIMENTOS SÓLIDOS EN DIVERSAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES", que queda redactado del tenor literal siguiente:

"Adjudicar por procedimiento Abierto, el contrato de "COLOCACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE BEBIDAS Y ALIMENTOS SÓLIDOS EN DIVERSAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES", cuyo presupuesto de licitación al alza es de 500,00 euros por máquina grande y año, y de 300,00 euros por máquina y año en el caso de las pequeñas; en el caso de instalaciones que sólo se encuentran abiertas nueve meses al año, tales tipos de licitación serán de 375,00 225,00 euros, respectivamente como canon anual, a la empresa SERVENTA, SERVICIO DE VENTA AUTOMÁTICA S.A., CIF N.º A-78379328, y con domicilio en Volta esquina Franklin s/n Parcela H8, Polígono San Marcos, 28906 Getafe, Madrid, por la cantidad de 900,00 euros por máquina grande instalada como canon anual, y 480,00 euros por máquina pequeña instalada como canon anual, para los cuatro años de duración del contrato, por ser la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas, de entre los licitadores admitidos a la licitación, de acuerdo con la motivación siguiente que en síntesis es:

Serventa es la empresa que mayor puntuación obtiene en los distintos aspectos técnicos a valorar y que son vinculantes para la ejecución del contrato. Asimismo, ofrece el canon anual más elevado, por lo que en el resultado del conjunto de las valoraciones, obtiene la puntuación más alta.

Dicho contrato se ejecutará con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse el Servicio Técnico Municipal."

SEGUNDO: Mantener el resto de los apartados de la resolución en los mismos términos.

EL VICEALCALDE- CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA, ECONOMÍA Y HACIENDA
Fdo.: Fernando Gimeno Marín