Decreto de Alcaldía del 14 de julio de 2023, por el que se nombran las Presidencias y Vicepresidencias de las Comisiones Plenarias

  • Aprobación Definitiva

    Alcaldía
    14 julio 2023

Texto Consolidado (incluye las modificaciones Aprobadas Definitivamente)

Decreto de la Alcaldía por el que se nombran los Presidentes y Vicepresidentes
de las Comisiones Plenarias permanentes.
En virtud de lo establecido en el artículo 12.1.de la Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón, y artículo 1118.a) del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Zaragoza, dispongo:

PRIMERO. Nombramiento de Presidentes y Vicepresidentes de las Comisiones Plenarias permanentes.

Nombrar Presidente y Vicepresidente de las Comisiones Plenarias permanentes a los
siguientes concejales :

Comisión Plenaria de Presidencia, Relaciones lnstitucionales y Seguridad Ciudadana.

  • Presidente: D. Ángel Carlos Lorén Villa.
  • Vicepresidente: D. Félix Brocate Puri.

Comisión Plenaria de Urbanismo, lnfraestructuras, Energía y Vivienda

  • Presidente: D. Victor ManuelSerrano Entío.
  • Vicepresidente: D. José Miguel Rodrigo Pérez.

Comisión Plenaria de Cultura, Educación y Turismo.

  • Presidenta: Dª Sara María Fernández Escuer.
  • Vicepresidenta: Dª Paloma Espinosa Gabasa.

Comisión Plenaria de Hacienda y Fondos Europeos

  • Presidenta: Dª Blanca Solans García.
  • Vicepresidenta: Dª Pilar Cortés Bureta.

Comisión Plenaria de Medio Ambiente y Movilidad.

  • Presidenta: Dª María Tatiana Gaudés Lalmolda.
  • Vicepresidente: D. José Miguel Rodrigo Pérez

Comisión Plenaria de Economía, Transformación Digital y Transparencia.

  • Presidente: D. Carlos Gimeno Casado.
  • Vicepresidente: D. Miguel Ángel García Muro.

Comisión Plenaria de Políticas Sociales.

  • Presidenta: Dª María Ángeles Orós Lorente
  • Vicepresidenta: Dª Ruth Bravo Barrio.

Comisión Plenaria de Participación Ciudadana y Régimen lnterior

  • Presidente: D. Alfonso Mendoza Trell.
  • Vicepresidenta: Dª Paloma Espinosa Gabasa.

SEGUNDO. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su firma, debiendo de inscribirse en el Libro de Resoluciones Electrónicas de la Alcaldía y de otros órganos unipersonales del Ayuntamiento de Zaragoza y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia. lgualmente, se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre.