DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PÚBLICOS
Depende de la Coordinación General de Servicios Públicos y Personal y le corresponden además de las funciones previstas para las Direcciones Generales en el Reglamento Orgánico Municipal, las siguientes:
- Disponer y fijar las directrices, objetivos estratégicos y políticas de servicios públicos de acuerdo con las instrucciones que se dicten de forma directa e inmediata por parte de la Consejería Delegada de Área de Servicios Públicos y Personal y la Coordinación General del Área de Servicios Públicos y Personal.
- Elaborar los estudios, proyectos y directrices en materia de servicios públicos, con sujeción a las políticas que en dicha materia se dispongan por parte de los órganos de gobierno de la Corporación municipal.
- Dirigir la acción de las unidades integradas en la Dirección, para el cumplimiento de los objetivos establecidos.
- Estudiar, asistir y asesorar a la Corporación en materias jurídicas y técnicas relacionadas con la gestión de los servicios públicos municipales.
- Dirigir las relaciones en el ámbito de su competencia, con otras Administraciones Públicas, Organismos e Instituciones.