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Localizador de enterramientos

SERVICIO DE INFORMACION Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

Responsable del tratamiento

  • Responsable del Tratamiento: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Unidad/Departamento Responsable: Servicio de Información y Atención al Ciudadano (Área de Urbanismo y Equipamientos)

Finalidad o fin del tratamiento

Aplicación informática para la localización d elos enterramientos, nichos, panteones, etc.

Licitud del tratamiento

  • LEGISLACION DE REGIMEN LOCAL estatal y autonómica.
  • Legislación autonómica en materia de Cementerios. Ordenanza Municipal de Cementerios de Zaragoza de 2010.
  • Ordenanza Fiscal nº 19: Tasas por prestación de servicios o aprovechamientos especiales en el Cementerio Municipal de Torrero

Legitimación Base-Jurídica

  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
  • Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Categorías de interesados

Titulares y usuarios de los Bienes Funerarios.

Categorias de destinatarios / Destinatarios

Titulares y Usuarios de los Bienes Funerarios.

Artículo 96. Derecho al testamento digital.

  1. El acceso a contenidos gestionados por prestadores de servicios de la sociedad de la información sobre personas fallecidas se regirá por las siguientes reglas:
    1. Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos podrán dirigirse a los prestadores de servicios de la sociedad de la información al objeto de acceder a dichos contenidos e impartirles las instrucciones que estimen oportunas sobre su utilización, destino o supresión.

      Como excepción, las personas mencionadas no podrán acceder a los contenidos del causante, ni solicitar su modificación o eliminación, cuando la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente o así lo establezca una ley. Dicha prohibición no afectará al derecho de los herederos a acceder a los contenidos que pudiesen formar parte del caudal relicto.

    2. El albacea testamentario así como aquella persona o institución a la que el fallecido hubiese designado expresamente para ello también podrá solicitar, con arreglo a las instrucciones recibidas, el acceso a los contenidos con vistas a dar cumplimiento a tales instrucciones.
    3. En caso de personas fallecidas menores de edad, estas facultades podrán ejercerse también por sus representantes legales o, en el marco de sus competencias, por el Ministerio Fiscal, que podrá actuar de oficio o a instancia de cualquier persona física o jurídica interesada.
    4. En caso de fallecimiento de personas con discapacidad, estas facultades podrán ejercerse también, además de por quienes señala la letra anterior, por quienes hubiesen sido designados para el ejercicio de funciones de apoyo si tales facultades se entendieran comprendidas en las medidas de apoyo prestadas por el designado.
  2. Las personas legitimadas en el apartado anterior podrán decidir acerca del mantenimiento o eliminación de los perfiles personales de personas fallecidas en redes sociales o servicios equivalentes, a menos que el fallecido hubiera decidido acerca de esta circunstancia, en cuyo caso se estará a sus instrucciones.

    El responsable del servicio al que se le comunique, con arreglo al párrafo anterior, la solicitud de eliminación del perfil, deberá proceder sin dilación a la misma.

  3. Mediante real decreto se establecerán los requisitos y condiciones para acreditar la validez y vigencia de los mandatos e instrucciones y, en su caso, el registro de los mismos, que podrá coincidir con el previsto en el artículo 3 de esta ley orgánica.
  4. Lo establecido en este artículo en relación con las personas fallecidas en las comunidades autónomas con derecho civil, foral o especial, propio se regirá por lo establecido por estas dentro de su ámbito de aplicación.

Categorías de datos

  • Datos Identificativos:Nombres y apellidos, dirección, NIF, etc.
  • Categorías Especiales de Datos: Los previstos en la aplicación de localización de enterramientos.
  • Características Personales: Los previstos en la aplicación de localización de enterramientos.
  • Circunstancias Sociales: Los previstos en la aplicación de localización de enterramientos.
  • Académicos y Profesionales: Los previstos en la aplicación de localización de enterramientos.
  • Económicos, Financieros y de Seguros: Los previstos en la aplicación de localización de enterramientos.

Transferencias internacionales

Están previstas o otros países musulmanes, en el caso de traslados, etc.

Plazo de conservación

Los datos personales proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recaban y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la finalidad, cumpliendo al menos con el tiempo mínimo de conservación de la información, además de los períodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.

Medidas de Seguridad

Las medidas de seguridad implantadas garantizarán la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento que resulten apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo del tratamiento, en los términos exigidos por el artículo 32 del RGPD. Las implementadas por el Servicio municipal de Redes y Sistemas en las aplicaciones informáticas que se utilicen.

Encargados del tratamiento

Servicio de Información y Atencion al Ciudadano, dependiente orgánicamente del Área de Urbanismo y Equipamientos, según se contiene en el Decreto de la Alcaldía de 12 de marzo de 2020, por el que se establece la organización y estructura pormenorizada de la Administración del Ayuntamiento de Zaragoza y se adscriben los organismos públicos municipales.

Dirección para el ejercicio de Derechos

Servicio de Información y Atencion al Ciudadano, Edificio Seminario. Planta baja. Vía Hispanidad nº20.

Dirección Delegado de Protección de datos