AVISO: Trámite modificado el 07.09.2011 por la entrada en vigor de la Ordenanza Medios de Intervención en la Actividad Urbanística (MIAU)
Concepto:
La licencia de apertura se exigirá para los establecimientos comerciales, industriales y de prestación de servicios que no precisen licencia de actividad clasificada y tenderá a asegurar que los locales e instalaciones reúnen las debidas condiciones de tranquilidad, seguridad y salubridad (art. 168, Ley Urbanística de Aragón).
"Aquellas actividades que, según lo dispuesto en esta Ley, no tengan la consideración de clasificadas y, en todo caso, las enumeradas en el Anexo VII, del mismo modo estarán sujetas a la licencia municipal de apertura prevista en la legislación de régimen local" (art. 60.3.b, Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón).
Estamos en supuestos cuya característica común es la escasa posibilidad de producir molestias y alterar las condiciones normales de seguridad e higiene.
Las licencias o autorizaciones serán transmisibles, salvo que se hubieren concedido atendiendo a las cualidades personales del solicitante o cuando el número de las otorgables fuere limitado.
Los sujetos que intervengan en la transmisión de la licencia deberán comunicarlo por escrito a la Entidad Local, quien comprobará que no esta comprendida en los casos previstos en el apartado anterior.
En el caso de que no se comunique a la Entidad Local, ambos serán responsables solidarios de los daños que puedan derivarse de su actuación (art. 151, Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón).
Tipología:
Comprende todas aquellas actividades de uso comercial, administrativo u otros diversos, que no se encuentran calificadas por la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Proctección Ambiental de Aragón, y que no requieren licencia de acondicionamiento u obras en el establecimiento para el ejercicio de la misma.
Se distinguen por un lado, las actuaciones comunicadas (ver supuestos en Ordenanza Reguladora) y por otro las de procedimiento / resolución ordinaria, y éstas últimas, según la documentación requerida en materia de prevención de incendios (Certificado o Proyecto).
Tipos:
Declaración de la actividad a desarrollar:
www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Modelos_formularios/modelo_036.shtml
Acreditación de representación, en su caso, a título particular, legal o profesional.
Copia del documento de ingreso de la Autoliquidación de la Tasa por prestación de servicios urbanísticos (Ordenanza Fiscal nº13).
Documentación según tipología:
TIPO A1) Documentacion Tecnica Certificada para Comunicacion de Apertura suscrita por Tecnico competente y visada por el correspondiente Colegio Profesional (modelo A2).
En estos supuestos estan incluidos los locales de publica concurrencia.
En caso de no cumplir con alguno de los supuestos descritos en el modelo A ni tratarse de una actividad realizada en el domicilio habitual.
A realizar, segun lo comprendido en Anexo VII de la Ley 7/2006, en caso de:
TIPO A2) Documentacion Tecnica Certificada para Comunicacion de Apertura en establecimientos industriales suscrita por Tecnico competente y visada por el correspondiente Colegio Profesional (modelo A3).
En caso de no cumplir con alguno de los supuestos descritos en el modelo A ni tratarse de una actividad realizada en el domicilio habitual.
A realizar segun lo comprendido en el Anexo VII de la Ley 7/2006, en caso de:
TIPO A3) Declaracion de actividad en el domicilio habitual (modelo A3).
Para aquellas actividades en el domicilio habitual, con limite de 10m2, que no se atiende al publico y sin personal asalariado.
TIPO A5) Cambio de Titularidad
Comunicación-Declaración en la que se manifieste la cesión de los derechos de la licencia, que no ha habido modificación de la obra, actividad ni de instalaciones y que se mantienen las condiciones recogidas en Proyectos o Certificados referidos anteriormente, con firma del titular de la licencia y del nuevo solicitante que desea la titularidad (transmisor y transmitente).
Informe de Idoneidad y Calidad Documental.
Solicitud de Comunicación Previa (Modelo 430)