Asamblea ciudadana

El Reglamento de Órganos Territoriales y de Participación Ciudadana señala que todas las entidades inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas constituyen la Asamblea Ciudadana. La Asamblea Ciudadana podrá proponer y/o elegir, una vez cada dos años, a los siete representantes de la sociedad civil que les represente en el Pleno del Consejo de la Ciudad.