Órganos de gobierno. Artículo 10
Pleno del Consejo: Órgano supremo del CALMZ. Formado por todos los agentes implicados en materia de alimentación y definidos en el artículo 7.
Presidencia: representación del CALMZ, el cual será ejercido por la/el alcaldesa/alcalde de la ciudad, pudiendo ser sustituido por la vicepresidencia para cualquier actuación.
Vicepresidencia. sustitución de la presidencia en las sesiones del pleno, en la representación y sustitución en caso de baja. La vicepresidencia será ostentada por la/el consejera/o de Medio Ambiente.
Secretaría: Órgano encargado de garantizar la legalidad de las actuaciones de los órganos de gobierno así como del respeto de los principios y procedimientos de tomade decisiones establecidos en el presente Anexo. La secretaría será ejercida por servicios jurídicos o la Jefatura del Servicio de Medio Ambiente y Sostenibilidad o persona en la que delegue.
Mesa de Coordinación Municipal: Órgano encargado de evaluar la viabilidad técnica y económica de los Planes de Acción e iniciativas del CALMZ, así como de garanlizar la ejecución y seguimiento de las acciones y evaluación de las mismas. La Mesa de Coordinación Municipal estará compuesta por las jefaturas de seruicio (o persona en la que deleguen) de las diferentes áreas con competencia directa o indirecta en alimentacióri. Asimismo, podrán participar en las reuniones de dicha mesa de coordinación, entidades que formen parte del CALMZ.
Grupos de trabajo: Órganos de ejecución de los planes de acción e iniciativas presentadas y aprobadas por el Pleno, formados por las diferentes entidades miembro del Pleno que se propongan así como de diferentes áreas/servicios municipales cuando proceda y por terceras personas o entidades no adscritas al CALMZ siempre que sea necesario y sean invitadas a tal efecto.