Consejo Sectorial de protección animal


Normas de Funcionamiento del Consejo de Protección Animal

Salud Pública Medio Ambiente Participación Ciudadana Norma
Aprobación definitiva: Ayuntamiento Pleno 26 marzo 2012
Publicado: 14 junio 2012

1.- NATURALEZA.

Consejo Sectorial de Protección Animal, es un órgano de participación e información, control y asesoramiento, de naturaleza consultiva y de ámbito municipal que surge en 2012 como consecuencia del acuerdo plenario del ayuntamiento de Zaragoza, de fecha 26 de marzo de 2012 y configurándose bajo la dependencia del Consejo de la Ciudad, conforme a lo establecido en los Artículos 95 y siguientes y 116 y siguientes del Reglamento de Órganos Territoriales y Participación Ciudadana de 2005. Su finalidad y objetivos es la de facilitar la participación de los ciudadanos y canalizar la información de las entidades asociativas en los asuntos municipales relativos a Protección Animal.

2.-FUNCIONES.

Corresponderán a este Consejo, dentro del ámbito de sus competencias, las siguientes funciones:

  • Realizar estudios y presentar iniciativas referidas a la problemática o necesidades y situaciones de la ciudad.
  • Asesorar en relación a los asuntos o problemas planteados, cuando así se les requiera.
  • Proponer conjuntamente soluciones a problemas del sector de Protección Animal.
  • Colaborar en los estudios y elaboración de Programas, Proyectos y Disposiciones Generales del Sector.
  • Informar al Ayuntamiento a requerimiento de éste.
  • Ser foro permanente de información, debate y análisis sobre el desarrollo de la Ciudad en relación con la Protección animal.

Además llevará a cabo las funciones propias atribuidas por la Ley de Protección Animal y sus reglamentos sectoriales de la Comunidad Autónoma de Aragón .

3.-ORGANIZACIÓN.

El Consejo Sectorial de Protección Animal, contará con la siguiente estructura:

  • Pleno del Consejo
  • Presidente del Consejo
  • Secretaria
  • Comisiones de trabajo

3.1. EL PLENO

PRESIDENTE
  • El Consejero de Cultura, Educación y Medio Ambiente
VICEPRESIDENTE
  • Un representante de una de las protectoras
VOCALES
  • Un Concejal miembro de cada Grupo Político Municipal del Ayuntamiento de Zaragoza
  • El Coordinador General del Área de Cultura, Educación y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Zaragoza.
  • Un representante de DGA.
  • Un representante de la Facultad de Veterinaria.
  • Un representante del Centro Municipal de Protección Animal.
  • Hasta un máximo de 7 representantes de entidades de protección animal, que se encuentren inscritas y debidamente actualizados los datos, según la Instrucción Interna sobre funcionamiento del Censo Municipal de Entidades Ciudadanas .
  • Un represente de cada una , de las Federaciones/Uniones de Asociaciones de Barrios.
  • Un representante del Colegio Profesional de Veterinarios de Zaragoza.
  • Un representante de cada una de las Federaciones de Madres y Padres de Alumnos.

Asimismo, formarán parte del Pleno del Consejo, con voz pero sin voto:

  • Un representante de la Oficina Técnica del Consejo de la Ciudad.
  • Un representante técnico de Medio ambiente
  • Un representante de Salud Pública
SECRETARIO:

Será Secretaria de actas del Consejo, la/el Técnico del Área de Cultura, Educación y Medio Ambiente , designada/o al efecto

La pertenencia al Pleno del Consejo de los representantes de las Asociaciones y Entidades lo es en razón de la condición que ostenten en las mismas, cesando en el momento en que se pierda dicha cualidad y siendo sustituido automáticamente por quien la posea.

En caso de ausencia o enfermedad, y en general cuando concurra alguna causa justificada, los titulares del Pleno del Consejo podrán ser sustituidos, acreditándolo ante la Secretaría del mismo.

3.2.-FUNCIONES DEL PLENO

Corresponden al Pleno las funciones referidas al Consejo.

3.3.- FUNCIONAMIENTO

Se reunirá al menos dos veces al año en sesión ordinaria y sus acuerdos tendrán el carácter de informe o petición y no serán vinculantes para los órganos de Gobierno Municipal, debiendo contar con el visto bueno del Consejo de la Ciudad.

En lo no previsto en las presentes normas, serán de aplicación las normas de funcionamiento y organización previstas en el Reglamento de Órganos Territoriales y de Participación Ciudadana de 28/7/2005.

firmas

Presidente

El Consejero de Servicios Públicos y Régimen Interior

 

Vicepresidente

Un representante de una de las protectoras

 

Vocales

  • Un Concejal miembro de cada Grupo Político Municipal del Ayuntamiento de Zaragoza
  • El Coordinador General del Área de Servicios Públicos y Régimen Interior del Ayuntamiento de Zaragoza.
  • Un representante de DGA.
  • Un representante de la Facultad de Veterinaria.
  • Un representante del Centro Municipal de Protección Animal.-
  • Hasta un máximo de 7 representantes de entidades de protección animal, que se encuentren inscritas y debidamente actualizados los datos, según la Instrucción Interna sobre funcionamiento del Censo Municipal de Entidades Ciudadanas .
  • Un represente de cada una , de las Federaciones/Uniones de Asociaciones de Barrios.
  • Un representante del Colegio Profesional de Veterinarios de Zaragoza.
  • Un representante de cada una de las Federaciones de Madres y Padres de Alumnos.

Asimismo, formarán parte del Pleno del Consejo, con voz pero sin voto:

  • Un representante de la Oficina Técnica del Consejo de la Ciudad.
  • Un representante técnico de Medio ambiente
  • Un representante de Salud Pública
 

Secretaría

Será Secretaria de actas del Consejo, la/el Técnico del Área de Servicios Públicos y Régimen Interior , designada/o al efecto.

Primer Consejo de Proteccion Animal 2012-2016

  • Aprobado Pleno Municipal: 26 Marzo 2012
Fechas Acuerdos/Actas
24 de septiembre de 2012 Acta de la sesion
20 diciembre 2012
16 de octubre de 2013
31 de julio de 2014
2 de febrero de 2015
13 de febrero de 2015
21 de diciembre de 2015
19 de julio de 2016